A PROPOSITO DE LA CELEBRACION DEL DIA DE LA CONSTITUCION Y DE LA GALA CONVOCADA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Por Guillermo Caram



 
 
 
INVITACION A UN DEBATE NACIONAL SOBRE
18 MANDATOS CONSTITUCIONALES PENDIENTES
 
El próximo 6 de noviembre la nación celebra el día de la constitución. Por tal motivo el Tribunal Constitucional ha anunciado la celebración de una gala musical.
 
El primer sinónimo de “gala” es “fiesta”. Nos preguntamos si hay motivo para estar de fiesta en torno a nuestra Constitución.
 
Mas bien pensamos que debería aprovecharse la efeméride para fomentar un debate sobre en que medida se está cumpliendo nuestra constitución con miras derivar acciones conducentes a su mas plena implementación.
 
A estos fines presentamos a continuación una lista de temas neurálgicos y estratégicos que consideramos prioritarios en el aquí y ahora dominicanos. Los consideramos  susceptibles de enriquecimiento y ampliación sobre lo que debería abordarse para el relanzamiento del desarrollo dominicano.
 
Someterse al imperio de la Constitución – y de las correspondientes leyes adjetivas que la implementan – constituye un requisito indispensable para el restablecimiento de la autoridad y orden en la administración de los poderes públicos, a su vez condición para imponer y exigir, testimoniado con ejemplo y austeridad, un funcionamiento adecuado de la sociedad.
 
Sin ánimo limitativo, consideramos de rigor, en el aquí y ahora dominicano, resaltar las siguientes disposiciones constitucionales que deberían constituir preocupaciones especiales en la presente coyuntura nacional:
 
    1.  Reconocer e implementar la capacidad de denuncia ciudadana prevista en el numeral 5 del art. 21

       
    2. Establecer los mecanismos de validación al derecho de igualdad previsto en el Art. 39 en el que condena “todo privilegio” y en el que obliga al “Estado…promover las condiciones  jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva…” 

       
    3. La validación de los derechos de los consumidores  previsto en el Art. 53 partiendo de una “información, veraz y oportuna” sobre los productos y servicios consumidos y el “derecho a ser compensadas” aquellas personas que resulten “lesionadas o perjudicadas”

       
    4. La asimilación de lo dispuesto en el art. 68 sobre la vinculación de todos los poderes públicos en el cumplimiento de las garantías sobre derechos fundamentales.

       
    5. El reconocimiento y la consecuente correspondencia en derechos, que los ciudadanos tenemos el  deber de “velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia, el respeto al patrimonio público y al ejercicio transparente de la función pública”

       
    6. Precisar los mecanismos de rendición de cuentas mencionados en distintos artículos de la Constitución a fin de que dejen de ser instrumentos de promoción personal y mediática de los incumbentes en desmedro de las cuentas que deben rendir

       
    7. Estimular el cumplimiento del art. 97 relativo a la iniciativa ciudadana de someter para presentar proyectos de leyes avalados con el 2% de los inscritos en el padrón electoral 

       
    8. Emplazar al funcionamiento sistemático del Consejo de Ministros previsto en el art. 137, como señal de garantía que las demás estipulaciones sobre función pública serán rigurosamente observadas   

       
    9. Sancionar, desde el rechazo de iniciativas hasta la interpelación, a aquellos funcionarios de dependencias que omitan cumplir la obligación instituida en el art. 144, complementado con la ley de función pública,  que prohíbe el desempeño remunerado de mas de un cargo en el Estado

       
    10. Revisar todas las leyes vigentes relacionadas con la “proscripción de la corrupción” indicada en el art. 146 a fin de corregir lo que está impidiendo que los poderes públicos hagan cumplir la “condena de toda forma de corrupción”

       
    11. Adoptar las previsiones correspondientes para que se cumpla la responsabilidad civil de funcionarios por “los daños y perjuicios ocasionados las personas…por una actuación u omisión administrativa…” (art.148)

       
    12. Ordenar una evaluación determinante de la medida en que se está dando cumplimiento al art. 217 sobre la orientación del régimen económico hacia el desarrollo humano. Y para que la redistribución de la riqueza, justicia social, equidad, cohesión social y territorial, sostenibilidad ambiental, lobre competencia, igualdad de oportunidades, responsabilidad social, participación y solidaridad mandados en la Constitución no se conviertan en letra muerta. 

       

       
    13. Precisar las fórmulas para implementar la disposición del Art.233 de la Constitución relativa a asegurar “que el endeudamiento público sea compatible con la capacidad de pago del Estado”

       
    14. Procurar celoso cumplimiento, durante la aprobación de la ley sobre Presupuesto, de lo dispuesto en el art. 238: “una asignación equitativa del gasto Publico en el territorio”

       
    15. Evaluar si la tributación dominicana cumple el mandato consignado en el art. 243 de “justicia y equidad”

       
    16. Asegurar que la Cámara de Cuentas cumpla su obligación de controlar el patrimonio del Estado como manda el art. 248

       
    17. Instituir la concertación política en forma similar a como el art. 251 instituyó la concertación social establecida en el art. 251 

       
    18. Precisar los mecanismos y procedimientos requeridos para modificación constitucional en procura de perfeccionar  nuestra democracia, particularmente en lo relacionado al referendo y/para la introducción de la figura de la Asamblea Constituyente

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