Reforzaran Secretaria de la JCE para recibir pactos de alianzas de los partidos políticos

 Por Balbueno Medina 






El Presidente de la Junta Central Electoral dispuso la habilitación de un espacio  y de personal técnico especializado en la Secretaría General  de la institución con el propósito de ofrecer apoyo  a los partidos y agrupaciones políticas en el proceso de inscribir alianzas o coaliciones con miras a participar en las Elecciones Generales Presidenciales, Congresuales y Municipales del 15 de mayo del año 2016.
El doctor  Roberto Rosario Márquez instruyó en ese sentido al Secretario General, doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos,  y al Director de Informática, Ingeniero Franklin Frías,  para que ese personal ofrezca estos servicios a los partidos durante todo el día  de mañana martes, 1ro de marzo,  fecha en que vence el plazo legal para inscribir los pactos de alianzas o coaliciones, los cuales se estarán recibiendo en la  Junta Central Electoral hasta las 12:00 de la media noche de este martes.
De igual manera, la Junta Central Electoral  expresó su decepción porque los partidos Políticos, pese  a los esfuerzos realizados para tecnificar el proceso de inscripción mediante una plataforma especializada para tales fines, éstos no han obtemperado y continúan realizando este proceso de manera manual.
Pero no obstante a esta situación, la Junta Central Electoral pondrá a disposición de esas organizaciones un personal especializado desde las 9:00 AM a 12:00 de la noche  de este martes 1ro. de marzo, que es el plazo establecido en el Artículo 62 de la Ley Electoral 275-97,  que exige que   éstas inscripciones se realicen en un plazo no mayor de 75 días antes de las votaciones, y que en esta ocasión la JCE ha establecido la referida fecha  para tales fines.
La recepción de los pactos se realizará mediante la autenticación de los documentos impresos que presenten los partidos que personifican las fusiones, alianzas o coaliciones, mediante la lectura electrónica de los códigos de barras contenidos en los mismos, con lo cual la Secretaría General de la Junta Central Electoral extenderá acuse de recibo.

Para el registro de los pactos de fusiones, alianzas o coaliciones, los partidos políticos que personifican los acuerdos manejarán la aplicación informática dispuesta por la Junta Central Electoral, mediante la digitación de informaciones que serán desplegadas en diferentes pantallas, con el siguiente contenido:

a)  Partido intervinientes, registrándose aquel que suscribe o apoya el acuerdo;
b)  El evento que generó el pacto en cada organización política, es decir, la fecha de la asamblea o convención en la que cada uno aprobó la fusión, alianza o coalición;
c)   Si cada partido presentará su propio recuadro en la boleta o si por el contrario concurrirán con recuadro único;
d)  Forma de distribución de la contribución económica del Estado;
e)   Alcance del pacto, es decir, si es total o parcial;
f)      En caso de ser parcial, se especificarán las demarcaciones y candidaturas que han de pactarse, así como lo relacionado con la cuota femenina.

Una vez llenados los campos disponibles y revisados por los partidos involucrados en el pacto, se procederá al envío electrónico de la información hacia el computador central de la Junta Central Electoral. Inmediatamente después, se imprimirán los formatos que deberán ser depositados en la Secretaria General de la Junta Central Electoral, los cuales deberán ser firmados por los funcionarios competentes de los partidos actuantes, así también por Notario Público.

  En lo que respecta a la digitación de los pactos de fusiones, alianzas o coaliciones, los partidos políticos solicitarán a la Junta Central Electoral las autorizaciones correspondientes para el acceso de aquellas personas que serán los manejadores o utilitarios de la aplicación informática.

  En correspondencia con las disposiciones de la Ley Electoral, los partidos políticos deberán acompañar el pacto impreso desde la aplicación informática con el acta de la convención donde fue aprobada la fusión, alianza o coalición en cada partido y la certificación del editor del periódico de circulación nacional donde se publicó la convocatoria a la asamblea o convención.

Se recuerda que las  fusiones  o alianzas deben ser aprobadas en una convención de delegados celebrada  por cada uno de los partidos y que estas propuestas de alianzas o pactos se harán de conocimiento público y estarán sometidas al escrutinio de todos los miembros de estos partidos.  En todos los casos se prevé que para los fines de postulación de candidatos, los partidos aliados serán una sola entidad y bajo una misma representación tanto en las Juntas Electorales como en los Colegios Electorales.

La Junta Central Electoral tiene un plazo de 72 horas para pronunciarse respecto a las inscripciones de alianzas o coaliciones.

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