JCE informa plazos legales de cara a elecciones municipales en febrero de 2024
Redacción
Santo
Domingo. - La Junta Central Electoral (JCE), con miras a las elecciones
municipales de 2024 y en cumplimiento con el calendario electoral, presentó el
cronograma a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la
ciudadanía en general, que contiene los plazos legales del mes de noviembre de
2023.
DIA |
DISPOSICIÓN |
PLAZO |
FUENTE |
10 |
Límite
para depósito solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones. |
100
días antes de la fecha señalada para las próximas Elecciones Municipales. |
Art.
132, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
12 |
Límite
para audiencia sobre las solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones. |
48
horas siguientes. |
Art.
132, párrafo III, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
15 |
Límite
para decidir sobre las solicitudes de fusiones, alianzas o coaliciones. |
Dentro
de las siguientes setenta y dos (72) horas. |
Art.
132, párrafo III, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
20 |
Límite
para el registro en la JCE de la lista con todos/as los/as ciudadanos/as
seleccionados/as en las asambleas o convenciones. |
A
más tardar 15 días laborables después de las asambleas o convenciones. |
Art.
52, Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. |
20 |
Entrega
base de datos del Registro Electoral a partidos políticos. |
30
días después del cierre. |
Art.
20, numeral 21, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
20 |
Límite
para la presentación de candidaturas municipales. |
90
días antes. |
Artículo
147 Ley 20-23, Régimen Electoral. |
23 |
Límite para la corrección de las listas de candidatos/as
resultantes de asambleas o convenciones, que no cumplan con el 40% - 60% de
hombres y mujeres; 10% de jóvenes. |
A más tardar 72 horas después de depositadas las listas. |
Art. 53, párrafo II, Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y
Movimientos Políticos. |
25 |
Comunicación a partidos políticos de la resolución sobre
fusiones, alianzas y coaliciones. |
Dentro de los 10 días de haber sido dictada. |
Art. 132, párrafo VII, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
25 |
Límite para el conocimiento y decisión de las propuestas de
candidaturas. |
5 días que sigan a su presentación. |
Art. 150, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
26 |
Límite para la publicación de candidatos(as) en tablilla. |
24 horas siguientes. |
Art. 148, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
26 |
Comunicación a partidos políticos en Juntas Electorales de la
resolución sobre la decisión de candidaturas. |
Dentro de las 24 horas siguientes. |
Art. 150, párrafo I, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
28 |
Comunicación y publicación a Juntas Electorales y partidos
políticos de las candidaturas admitidas. |
48 horas de haberlas admitido. |
Art. 155, Ley 20-23, Régimen Electoral. |
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