Por el Consenso de la Ley 28-01 de Desarrollo Fronterizo

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MI SENTIR
Por Balbueno Medina
Los sectores sociales y empresariales que se encuentran
enfrentados por la Ley 28-01, de Desarrollo Fronterizo, están obligados a arribar
a un consenso que permita garantizar los derechos adquiridos por las provincias
fronterizas y los inversionistas privados, que a más de 18 años se han acogido
a los preceptos de esa legislación.
Si bien es cierto que la Ley 28-01, no ha llenado las
expectativas para las que fue creada, tampoco es menos cierto que ha llevado
los empleos que no existían en la región fronteriza del país, antes de su promulgación.
En este momento, se trata de que las provincias fronterizas,
que han quedado casi despobladas por la falta de plazas de trabajo, podrían
perder más de 20 mil fuentes de empleos directos generados por las empresas que
luego de la promulgación de la Ley 28-01, se establecieron en la frontera
dominicana.
Ciertamente esta legislación ha sido utilizada por algunos
inescrupulosos para sacar provecho de la misma, como suele acontecer en nuestro
país, pero consideramos que en sentido general las intenciones que motivaron al
legislador dominicano a producir su aprobación fueron muy buenas, porque con
ellas se perseguía evitar que la mayoría de las provincias fronterizas se quedaran
despobladas por la falta de plazas de trabajo.
En ese sentido, se crearon las condiciones para que muchas
empresas nacionales y extranjeras se estimularan a invertir en la región fronteriza
y crearan fuentes de trabajo que permitieran a los pobladores de sus provincias
ganarse el sustento sin la necesidad de emigrar a otras regiones más
productivas del país.
Algunas de las empresas que se acogieron a los beneficios de
la Ley 28-01, hicieron uso de los mismos pero no realizaron las inversiones que
se comprometieron a llevar a cabo en la zona, mientras que otras decidieron
invertir tímidamente manteniendo sus centros de operaciones en la capital y en
otras demarcaciones que en nada han contribuido al desarrollo de la frontera.
De esa manera, hemos observado que aun cuando la Ley 28-01, debió
contribuir enormemente con mantener el dinamismo productivo de las provincias
de la región fronteriza, si ha contribuido con algunas empresas para competir de
manera desigual con las que no se acogieron a los beneficios de la legislación y
por esa razón hay quienes se encuentran promoviendo su eliminación.
Pese a que reconocemos la realidad que mantiene enfrentados a
los sectores productivos que poseen puntos de vista disidentes en torno a la
Ley de Desarrollo Fronterizo, por lo que antes señalamos, entendemos que se debe
buscar un punto intermedio o reformar esa legislación de manera que se logre
preservar las cosas buenas que ha proporcionado a las provincias de la frontera
desde que fue promulgada en el año 2001.
Una medida Salomónica seria permitir que las empresas
nacionales, que se encuentran agrupadas en la Asociación de Industrias de la
República Dominicana (AIRD), que no tienen inversiones en la zona, lo hagan y
reciban los mismos beneficios que las empresas que actualmente disfrutan de las
exenciones y privilegios de la Ley 28-01, y que a todas se les exija un mínimo
de cumplimiento con las responsabilidades asumidas.
Por lo tanto no es aconsejable que a la frontera dominicana
se le deje desprovista de todo tipo de protección del Estado, ya que eso lo único
que hará es promover el éxodo de su población a otras latitudes del país, como
ha venido ocurriendo hace varias décadas y que ha permitido que algunas
comunidades se hayan quedado casi despobladas en provincias como Pedernales e
Independencia.
Lograr un consenso que empareje las cargas a los sectores
empresariales que se mantienen en disputas por la Ley 28-01, debe ser la vía
para garantizar la existencia de la región fronteriza y la permanencia de las
empresas que se encuentran radicadas en esa zona del país, así como las que en
base a un acuerdo razonable deberán establecerse allí para seguir produciendo
fuentes de empleos que garantice el sustento a los habitantes del lugar.
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