LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA RATIFICA LEGALIDAD DE LA LEY 6-86 AUTORIZANDO SU APLICACION EN TODAS SUS OBRAS EJECUTADAS EN EL PAIS




Por Balbueno Medina




La Suprema Corte de Justicia, informo que por disposicion de la Camara de Cuentas de la Republica Dominicana esta aplicando en todas las obras que construye en todo el territorio nacional el pago del 1 por ciento que establece la ley 6-86 que creo el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construccion.




De acuerdo al Superior Tribunal Judicial del pais, la medida le fue sugerida por la Camara de Cuentas de la Republica Dominicana, mediante la ultima auditoria realizada por ese organismo.




La disposicion de pagar el 1 por ciento mediante todas las obras construidas en todo el territorio nacional por la Suprema Corte de Justicia, le fue notificada al Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construccion, por el licenciado Nelson de la Rosa, encargado de Cobros del alto tribunal judicial.




En ese mismo sentido, el funcionario de la Suprema Corte de Justicia, le informo a las autoridades del FOPETCONS, que a partir de la fecha estan procediendo a comunicarles a los contratistas que el pago de la cubicacion final de la obra estara sujeto a la presentacion de la certificacion expedida por el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construccion, mediante la cual se comprobara el pago del 1 por ciento establecido en el articulo 3 de la ley 6-86.




Esta disposicion del maximo tribunal de justicia de la Republica Dominicana, ha sido precedida de varias sentencias emitidas por ese organismo que han demostrado fehacientemente la constitucionalidad y legalidad de la ley 6-86 que creo el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construccion, como institucion protectora de los trabajadores de ese sector.








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